martes, octubre 21, 2008

Segunda jornada que hace historia en la sociedad puntana y argentina.

De dictadores, represores y asesinos

La plena materialidad de los crímenes de Lesa Humanidad juzgados favorecerían la finalización de una primera etapa

Comenzó alrededor de las 9.30 hs. el segundo día del Juicio que ya hace Historia y aporta a la memoria colectiva sobre los hechos aberrantes, violaciones sistemáticas llevadas a cabo como plan de exterminio en el mal llamado Proceso de Reorganización Nacional.
En la extenuante jornada se continuó con la lectura de la acusación Fiscal de la Elevación a Juicio por parte de la secretaria del Tribunal a quien uno de los jueces del TOF -Tribunal Oral Federal- interrumpió para hacer notar que se daba lectura una vez más a idénticos testimonios con similares hechos, en los que se narraba con minuciosidad, desde la ‘detención’ hasta el macabro hallazgo del joven cuerpo de la tomeña Graciela Fiochetti, donde una y otra vez y cual ‘tortura’ se le recordaba al imputado ex Capitán Carlos Esteban Plá, su grado de responsabilidad e inhumanidad en el crimen de la estudiante.


Las partes, decidieron por tanto, acotar la lectura dado que la propia defensa había aclarado que no existía intención de planteo de nulidad, por lo que se pasó a dar lectura al Requerimiento de la parte de Responsabilidad Penal.
Antes de la mencionada lectura, y en el momento mismo de la interrupción, las quejas llegaron de de parte de los propios imputados y sus abogados, quienes informaron sobre problemas con el audio de la alocución y alguno de ellos sostuvo que “no escuchaba nada”.
Lo mismo sucedía en la sala habilitada en el entrepiso del edificio del correo donde, atentos seguían el juicio, militantes de derechos humanos, familiares de víctimas y periodistas, entre otros.


El ex jefe de la guarnición militar con asiento en San Luis, Miguel Ángel Fernández Gez, fue el primero en hacer notar su malestar ante la pregunta del juez, sobre si estaban de acuerdo con la posición asumida, “no, yo no entendí nada, es siempre lo mismo, no hay mayor información” se quejó Gez.
Salvado el inconveniente, se pasó a foja 2.493, texto de la ‘Prueba de Responsabilidad Penal, Calificación Legal y Participación Criminal’.


Uno de los párrafos expuestos evidenció que la actuación de Fernández Gez y sus subordinados en aquellos años excedió y en mucho, los malos procedimientos: " ...Que tanto los procedimientos en La Toma como el de los hallazgos de los cadáveres en las cercanías de las Salinas del Bebedero, no se dio noticia a la Justicia del Crimen; que puntualmente los métodos usados: traslados en horas de la madrugada, vendas en los ojos, torturas, también son indicadores de que se siguió la directiva del régimen, consistente en secuestrar, torturar con el fin de obtener información, y en su caso matar y hacer desaparecer el cadáver de personas vinculadas de cualquier forma como opositores al régimen militar de facto".
Respecto de Pérez y Orozco se señaló: …”la actividad de ambos queda indisolublemente unida al accionar de la maquinaria de represión y desaparición de personas puesta en marcha por el gobierno de facto, a partir de que ambos aparecen como firmantes de la supuesta acta de libertad de Graciela Fiochetti, cuando no fue liberada; nadie la vio salir de la Jefatura, nadie sabe qué dice esa liberación, y apareció sin vida en Las Salinas del Bebedero, estando su cadáver con evidentes intentos de hacerlo irreconocible. Todos ellos sabían que el cadáver encontrado pertenecía a Graciela Fiochetti, amén del reconocimiento de los familiares, las fichas buco-dentales aportadas, fue enterrado ex profeso como NN con la intención de ocultar su muerte e identidad y falsear la información a los familiares. Todo lo cual coincide a la perfección con el plan sistemático de exterminio de opositores al régimen elaborado y llevado a la práctica por la dictadura militar".

La secretaria advirtió que “atento al mérito que este Ministerio Público practica de lo actuado en la Instrucción y diligencias probatorias sustanciadas, las mismas permiten afirmar que se encuentran suficientemente acreditados los hechos criminosos que se investigan, como la responsabilidad penal de los intervinientes en los mismos, y según la calificación legal que se hará constar, puede tenerse por cumplida la finalidad de esta etapa del procedimiento.

En virtud de los elementos probatorios ya diseñados, conectados en la etapa de Instrucción, y en relación a la acreditación de los hechos delictivos investigados, se encuentra plenamente acreditada la materialidad de los mismos y la autoría y la responsabilidad penal, permitiendo calificar legalmente la conducta de Carlos Esteban Plá, como Autor Responsable de los Hechos por los que ha sido indagado y procesado, que encuadran en los delitos tipificados en los Art. 80 inc.2, 6 y 7, 142 Bis y 144… en concurso real Art.55 del Código Penal, en contra de Graciela Fiochetti, Santana Alcaraz, Valentín Ledesma y Art. 142 Bis y 144…. en concurso real, Art. 55 del Código Penal en contra de Carlos Fernández, agravado por su condición de funcionario público, (…). Queda en consecuencia acreditada la autoría y responsabilidad penal del coronel M. Ángel Fernández Gez, ex teniente coronel Carlos Esteban Pla, teniente coronel Franco, fallecido en diciembre del 2006; ex comisario Víctor David Becerra; Luis Alberto Orozco y Juan Carlos Pérez en el secuestro, tortura seguida de muerte de Graciela Fiochetti. La autoría y responsabilidad penal de M. A. Fernández Gez, Plá, Franco y Becerra en relación al secuestro, tortura y desaparición de Pedro Valentín Ledesma y Santana Alcaraz y del secuestro y tortura de Víctor Fernández…”

Casi como un castigo

Parte de este último documento leído, idéntico relato sobre las criminales actuaciones de Plá que terminaron con la vida de Fiochetti, ya expuestos, y por los que el TOF decidió acotar la lectura, fue una situación que no hizo más que incomodar al ex capitán y a su familia y que bastó para recordar a los oyentes todos -y cómo olvidar-, quién es Pla.
El capítulo de hoy podría haberse denominado casi como una de las causas por las que Plá ocupa el banquillo del acusado: la tortura.
La jornada terminó alrededor de las 14.15 hs.

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